Despido
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18 de septiembre de 2009
¿Para el cálculo de una indemnización de un empleado de comercio se deben tomar también las sumas no remunerativas de los años 2008 y 2009?
El artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que a los efectos del cálculo de la indemnización por despido se debe tener en cuenta la mejor remuneración normal y habitual percibida el último año. En principio no se toman las cifras no remunerativas, pero hay fallos de cámara que las están considerando. Queda a consideración del profesional la inclusión o no de las mismas, no hay una norma que diga que se incluyen. En... >
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11 de septiembre de 2009
¿La indemnización por antigüedad se calcula sobre el sueldo bruto?
¿Todo trabajador que haya trabajado cierta cantidad de meses tiene derecho al seguro de desempleo?
Todos los institutos que hacen a la liquidación final se calculan sobre el sueldo bruto (básicos + adicionales).
Para poder cobrar el seguro por desempleo el trabajador tiene que haber efectuado aportes al sistema durante los últimos tres años. Por ejemplo: si cotizó de 6 a 11 meses, cobra dos meses de seguro por desempleo. >
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Acción Sindical Relevante y Reincorporación. La Nueva Tendencia Judicial
1 de agosto de 2009
,por Sciglitano, Natalia Laura
1. INTRODUCCIÓN
Un profundo y extenso debate doctrinario se viene desarrollando en nuestro país alrededor del concepto de nulidad de los despidos denominados {“discriminatorios”} y su aplicación a las relaciones laborales.
Discriminar tiene varias acepciones, entre ellas separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra. Según la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) la discriminación en el ámbito del empleo comprende cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, etcétera que tenga por... >
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1 de julio de 2009
,por Medrano, Marcela
1. RIESGOS DEL TRABAJO. PROGRAMA DE REHABILITACIÓN PARA EMPRESAS CON ALTA SINIESTRALIDAD
Mediante la Resolución Nº 559/2009 (B.O. del 02/06/2009) se crea el Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que Registren Alta Siniestralidad, con el objetivo de dirigir acciones específicas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, tendientes a disminuir eficazmente la siniestralidad laboral y mejorar las condiciones de salud y seguridad en el medio ambiente de trabajo.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo calificará como empresas con... >
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11 de junio de 2009
¿Desde cuándo no se aplica la doble indemnización en caso de despido sin justa causa?
La doble indemnización en el caso de despido sin justa causa no se aplica desde el 11/09/2007, fecha en que se publicó el Decreto Nº 1.224/2007. >
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Su Análisis
1 de diciembre de 2008
,por Rodríguez Massuh, Emilio
1. INTRODUCCIÓN
El artículo sin número agregado a continuación del artículo 92 de la Ley de Contrato de Trabajo establece {“que el contrato por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros tres (3) meses de vigencia”}.
Esto implica que toda relación por tiempo indeterminado, salvo el contrato de temporada, será a prueba por los tres (3) primeros meses.
Lo mencionado no implica que cualquiera de las partes (trabajador o empleador) pueda extinguir la relación. Ahora bien, en el transcurso del... >
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1 de diciembre de 2008
,por Medrano, Marcela
1. SEGURIDAD SOCIAL
La Resolución Nº 1.190/2008 (B.O. del 04/11/2008) aprobó el Proceso Informático Automatizado de Verificación (P.I.A.V.), para la determinación de la situación de registro de la Clave de Alta Temprana (C.A.T.) de los trabajadores que resulten relevados en las fiscalizaciones realizadas en el marco del Plan Nacional de Regularización del Trabajo.
A tal efecto el Proceso Informático Automatizado de Verificación ejecuta un proceso informático automático de consulta sobre la base de datos {“miSimplificación”} que la Administración Federal de Ingresos... >
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1 de diciembre de 2008
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Cooperativas y mutuales
La Administración Federal de Ingresos Públicos dictó con fecha 3 de diciembre de 2008, la Resolución General Nº 2525, que dispone que las Cooperativas y Mutuales quedan obligadas –conforme a los requisitos, plazos y condiciones que se establecen en la misma– a actuar como agentes de información, respecto de las operaciones de colocación de fondos, tanto propios como de terceros.
1.2. Mercados de futuro y opción. Términos y condiciones
La Comisión Nacional de Valores dictó, con fecha 11 de noviembre de 2008 la... >
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28 de noviembre de 2008
En el caso de un empleado que ha sido despedido el 20/08/2008, cuando se solicita la certificación de servicios a través de la página de la A.F.I.P. sólo se consigna la remuneración hasta julio de 2008, inclusive, ya que el F. 931 de agosto todavía no ha sido presentado por la empresa. ¿Se debe esperar hasta que se presente el F. 931 para tramitar la certificación? ¿Qué plazo tiene el empleador para entregarle al empleado la certificación de remuneraciones y servicios?
El sistema informático “Mi Certificación – ANSeS” se nutre de la información del servicio... >
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Nuevo Procedimiento para su Obtención
1 de septiembre de 2008
,por Medrano, Marcela
1. INTRODUCCIÓN
Los avances tecnológicos están llegando a todos los rincones, y ahora le tocó modernizarse a nuestro viejo y querido amigo el formulario PS.6.2 {“Certificación de Servicios y Remuneraciones”}. Quien se dedica a la administración de personal sólo sabe los sentimientos encontrados que despierta completar ese formulario. El tiempo y su aplicación determinarán si el sistema resulta eficaz, pero no tener que entrar a revolver libros antiguos y rearmar información, es una bendición.
Mas allá de la alegría que nos provoque el arribo de la informatización... >
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1 de agosto de 2008
,por Medrano, Marcela
1. RÉGIMEN LABORAL
El Decreto Nº 1.066/2008 (B.O. del 10/07/2008) prorroga hasta el 31 de diciembre de 2008 los beneficios establecidos por el artículo 6º de la Ley Nº 25.877. Recordamos que este artículo establecía rebajas en las contribuciones patronales cuando se contrataba a un trabajador que ocupaba un nuevo puesto de trabajo.
Ante una consulta efectuada a la Administración Federal de Ingresos Públicos, dicho organismo informó que el procedimiento para rectificar y computar el beneficio a seguir será el siguiente:
1) Se modifica el código de modalidad de... >
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24 de julio de 2008
,por Santos Romero, Analía
Desde el 1º de agosto de 2008 los empleadores deberán confeccionar la Certificación de Remuneraciones y Servicios a través de internet, mediante la utilización del sistema informático disponible en las páginas web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) o de la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
Cabe recordar que dicho sistema informático fue implementado mediante la [Resolución General Nº 2316 (B.O. del 27/09/2007)->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article31429].
La A.F.I.P. informó a través de su portal que el nuevo... >
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1 de noviembre de 2007
,por Medrano, Marcela
1. INDEMNIZACIÓN DUPLICADA. DEROGACIÓN
El Decreto Nº 1.224/2007 (B.O. del 11/09/2007) declara cumplida la condición prevista en el artículo 4º de la Ley Nº 25.972, que establecía la suspensión de los despidos sin causa justificada dispuesta por el artículo 16 de la Ley Nº 25.561, hasta que la tasa de desocupación resulte inferior al diez por ciento (10%). Cumplida la condición ya, que la tasa de desempleo se ubicó por debajo de los dos dígitos, no se aplica más la indemnización agravada o la {“doble”}.
2. SISTEMA ÚNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
2.1. Sistema... >
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20 de septiembre de 2007
,por Medrano, Marcela
Desde ayer ya no se liquidarán con recargo los despidos sin causa que formalicen las empresas. Con la sanción del [Decreto Nº 1.224/2007->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article31507&var_recherche=1.224/2007], el Gobierno puso fin a la incertidumbre y polémica entorno al agravamiento de la indemnizaciones por antigüedad.
Dicho decreto había sido publicado el 11 de septiembre. Pero, como las normas son obligatorias después de los ocho (8) días siguientes al de su publicación oficial, la caída de la "doble"} es operativa desde ayer.
En exclusiva para eLeVe , la... >
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Plenario Nº 310
1 de junio de 2006
{“RUIZ, VÍCTOR HUGO c/UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA EMPRESA U.A.D.E. s/DESPIDO”}
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, DEL 01/03/2006
Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si es aplicable la duplicación de la indemnización contemplada en el artículo 16 de la Ley Nº 25.561 en los casos de despido indirecto.
El artículo 16 de la Ley Nº 25.561 dispuso la suspensión de los despidos sin causas, y estableció para los casos en que se incumpliera esta normativa la duplicación de las indemnizaciones de ley, con el fin de intensificar... >
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